Convenio de rescisión de contrato de alquiler
Si el inquilino se va antes de que termine el contrato y las partes se ponen de acuerdo, este convenio deja por escrito la fecha de entrega, la indemnización y la devolución del depósito.
Formulario del documento
- 1Partes
- 2Contrato
- 3Dinero
- 4Firma
- 5Revisión
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Qué tenés que saber
En los contratos firmados desde el 29 de diciembre de 2023 (DNU 70/2023), el inquilino puede rescindir en cualquier momento pagando una indemnización del 10% del alquiler que falta hasta el final del contrato (art. 1221 del Código Civil y Comercial), salvo que se haya pactado otra cosa.
En los contratos anteriores rige la Ley 27.551: se puede rescindir después de los seis meses, con una indemnización de un mes y medio de alquiler si se hace en el primer año, o de un mes si es después. Con preaviso de tres meses o más, no hay indemnización.
Este convenio sirve para cerrar todo de común acuerdo: si las partes lo firman, nadie tiene nada más que reclamar.
Guía para rescindir un contrato de alquiler →
Preguntas frecuentes
¿Puede el dueño perdonar la indemnización?
Sí. Es un acuerdo entre las partes: se puede eximir al inquilino de pagarla, y el convenio lo deja por escrito.
¿Hace falta mandar carta documento?
Si las dos partes firman este convenio, no. La carta documento sirve cuando el inquilino comunica la rescisión sin acuerdo.
Otros documentos que podés generar
- Contrato de alquiler de vivienda
- Contrato de alquiler comercial
- Contrato de alquiler temporario
- Contrato de alquiler de cochera
- Contrato de comodato de inmueble
- Prórroga de contrato de alquiler
- Acta de entrega de llaves
- Aviso de no renovación del contrato de alquiler
- Cesión de derechos del locador por venta del inmueble
- Cesión del contrato de alquiler por parte del inquilino
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