Contrato de Alquiler de Casa Nueva ley 2024

¿Tenes una vivienda y necesitas alquilarla? ¿Tenes el Inquilino también? Lo único que te falta es el contrato de alquiler de casa para imprimir argentina.

Aquí podrás descargar el modelo de contrato de alquiler de vivienda actualizado con todas las cláusulas de las nueva Ley de alquileres 2024, según el DNU 70/2023

Este modelo te servirá tanto si necesitar hacer un contrato de alquiler de casa como un contrato de alquiler de departamento.

¿Que cambios introdujo en los alquileres el DNU 70/2023?

El DNU principalmente desregularizó los alquileres y le dio libertad a las partes para que acuerden los contratos en base a sus necesidades.  A continuación podrás ver cuáles fueron los principales cambios:

  • Ya no hay un plazo minimo legal. Será el que las partes acuerden. Y si no acuerdan nada al respecto, se entenderá que ha sido estipulado por dos años para vivienda y tres años para otros destinos. Lo aconsejable es hacerlo por dos años.
  • Permite estipular la periodicidad del pago, con la única condición de que no sea menor a un mes. Es decir, se podrá acordar en el contrato que el inquilino pagará 6 meses juntos o la cantidad de períodos que acuerden, siempre que no sea menor a un mes.
  • El depósito será el que acuerden las partes, no necesariamente un mes de alquiler como era anteriormente.
  • El alquiler se puede establecer en moneda de curso legal o en moneda extranjera. Y el locador puede exigir que se le pague en la moneda que se pactó, no pudiendo liberarse del pago inquilino pagando con moneda de curso legal al cambio oficial. Es decir, por ejemplo: si se pactó en dólares el inquilino deberá pagar en dolar billete. Y no se libera pagan en pesos al ningún tipo de cambio.
  • El ajuste será de la manera que lo acuerden las partes y en la perioricidad que acuerden. Pueden usar el indice que quieran o prefijar los aumentos de antemano. Hay total libertad al respecto. Hoy es muy común, debido a la inflación, hacer ajustes trimestrales por IPC (Indice de precios al consumidor).
  • El locatario puede rescindir en cualquier momento el contrato. Y deberá pagar una indemnización al locador equivalente al 10% de la suma de los alquileres que quedaban por vencer hasta la finalización del vínculo. Ejemplo: Se pactó un contrato por 2 años (24 meses) a $ 100.000 por mes y a los tres meses el locatario decide resolver el contrato. Deberá pagar al locador una indemnización, que será equivalente al 10% de los meses que faltan pagar. Es decir, si ya transcurrieron 3 meses, quedan 21 meses. Se realiza la siguiente cuenta 100.000 x 21 x 0,10= $210.000 será la indemnización que deberá pagar el locatario al locador.

¿Cómo hacer un contrato de alquiler de casa?

En un contrato de alquiler de casa simple, hay cláusulas que no deberían faltar. A continuación te detallo cuáles son esas cláusulas fundamentales que deberían tener todos los modelos de contrato de alquiler de vivienda:

  • Plazo de contrato. Yo recomiendo que sea dos años para vivienda. Las partes podrán pactar otra cosa
  • Depósito  de por lo menos un mes de alquiler. Se puede pedir más o menos. Pero lo acuerdan las partes
  • Conviene aclarar cómo será la resolución anticipada en el caso que el locatario quiera rescindir.
  • Es conveniente aclarar precio del alquiler, cada cuantos meses se ajustará y cuál será el método de ajuste.

¿Qué tipos de garantía se pueden pedir para alquilar una vivienda?

La ley establece que el Locador deber ofrecer al menos dos opciones de garantía para hacer un contrato de alquiler de casa entre las siguientes:

  • Titulo de propiedad inmueble. Es decir, la famosa garantía propietaria que se usó toda la vida. Un tercero debe presentar una escritura como garantía para que en caso de que ni el inquilino ni el garante puedan hacer frente al pago del alquiler, el locador pueda ejecutar dicho inmueble y recuperar su dinero. Siempre recurriendo a la justicia con lo que ello conlleva.
  • Aval Bancario
  • Seguro de caución o Contrato de Fianza: En mi opinión la mejor opción para el propietario. Y al inquilino le ahorra  lo complicado que es pedirle a un familiar o amigo que ponga en riesgo su patrimonio por uno. Los costos del inquilino se elevan con esta garantía pero para muchos es la única opción que pueden tener. Además, si el inquilino no paga, automáticamente, con un trámite muy sencillo, el propietario obtiene el dinero del alquiler. Luego es la empresa aseguradora la que se encarga de reclamarle el pago al inquilino deudor.
  • Recibo de sueldos o demostración de ingresos del locatario.

¿Cómo calcular los aumentos de alquiler en el contrato?

En el contrato de alquiler de casa ahora el aumento puede ser como las partes los estipulen y mediante el indice que quieran. Lo aconsejable es que se ajuste por IPC (Indice de precios al consumidor). En este sitio tenemos una calculadora que ajusta por diversos indices. En esta calculadora podes poner cada cuantos meses se actualiza. Y especificar entre estos índices: ICL (Indice de contratos de locación), IPC (Indice de precios al consumidor), Casa Propia, CAC (Cámara Argentina de la Construcción), IS (Indice de salarios) y IPIM (Indice de precios internos al por mayor).

 

Descargar Modelo de Contrato de Alquiler de Vivienda nueva ley 2024

Modelo de alquiler contrato vivienda.pdf Modelo de alquiler contrato vivienda .doc

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62 comentarios en “Contrato de Alquiler de Casa Nueva ley 2024”

    • Hola Sebastián. El contrato de alquiler de vivienda sólo puede tener aumento anual. El contrato de alquiler comercial puede tener el período de ajuste que acuerden las partes.
      Saludos

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    • Hola Mariana. Podes poner algo así:
      “JUAN PEREZ presenta en garantía su Recibo de sueldo mes de Julio de 2.008, Categoría: Empleada Perfumería, CUIL: *********** Legajo Nº**** – Remuneración Básica $ 1232,30, Fecha de Ingreso: 12/06/2001; Farmacia y Perfumería Fulano de Jorge Omar Fulano, ubicada en Av. Maipú 22222, Olivos, Partido de Vicente López. Renuncia a los beneficios de excusión y división.”
      Saludos

      Responder
    • Hola Jesica. El contrato de alquiler debe ser por 3 años. Se realiza un único contrato por 3 años y se aumenta una vez por año en base al índice de alquileres. No debes realizar un nuevo contrato cada vez que aumentas.
      Saludos

      Responder
  1. Hola! Soy Sonia, propietaria en el interior del pais.
    La inmobiliaria me sugiere hacer contrato de 2 años con ajustes cuatrimestrales…por lo q veo la ley vigente es de 3 años con ajuste anual…en q me perjudicaria?

    Responder
    • Hola Sonia. En caso que se firme ese contrato, en el futuro el inquilino podría objetar dichas clásulas y ajustarse a lo que dice la ley. Esas clásulas son nulas por lo que el inquilino podría cumplir pagando los ajustes anuales y quedarse por tres años. Por lo general los inquilinos aceptan esas cláusulas porque necesitan alquilar, pero si al momento de los aumentos cuatrimestrales no pueden pagar, si te pagan con el monto viejo, cumplen y no podes exigirles nada legalmente.
      Saludos

      Responder
  2. Hola, soy propietaria y voy alquilar un dpto. con un plazoo semestral sugun la excepcion: no se aplica el plazo mínimo legal a los contratos que tengan por objeto el cumplimiento de una finalidad determinada expresada en el contrato y que debe normalmente cumplirse en el plazo menor pactado.
    Me podrias informar cuales podrian ser una finalidad determinada ??? Porque no ejemplificado

    Responder
    • Hola Sonia. Puede haber muchas opciones. Te doy ejemplos de finalidad determinada: 1) Una persona que tiene que estudiar o hacer un curso que dura menos de tres años y vive a muchos kilómetros del lugar donde tiene que estudiar. 2) Personas que deben realizar una obra que lleva menos de tres años, también viven muy lejos del lugar donde se va a realizar la obra. 3) Otro fin específico podría ser el alquiler de una propiedad para filmar una película. Cuya filmación demande más de tres meses pero menos de tres años. 4) Personas que vienen de otras provincias para disputar un torneo deportivo que va a durar un año. 5) Personas que necesitan realizar una investigación científica en determinado lugar, cuya investigación sea superior a tres meses y menor a tres años.
      Espero haberte podido ayudar.
      saludos

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  3. Buenas tardes, una consulta. Una vez que pongo los datos de las garantías, ¿debo ponerle alguna leyenda que diga el tipo de responsabilidad en el que cae por la falta de pago del titular del contrato? Muchas gracias.

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    • Hola Judina. Que tal. El contrato de alquiler con seguro de caución es igual que el contrato de vivienda con garantía propietaria, que es el que figura en nuestro sitio web. Sólo cambia la cláusula de fianza. Pero esa cláusula te la da el mismo seguro. Cada Seguro tienen su texto.
      Saludos

      Responder
    • Hola Yanina, que tal. Podes usar esta cláusula: “RESCISIÓN POR CASO DE VENTA: Conforme el artículo 1189 del Código Civil y Comercial de La Nación las partes acuerdan que en caso de venta del inmueble, el locatario será notificado con un mes de anticipación a efectos de la desocupación del mismo, debiendo abonar el locador una indemnización equivalente a dos meses y medio del valor locativo mensual”
      Saludos

      Responder
  4. Hola, ¿tienen o existe algún modelo de Cesión o transferencia de Contrato de Alquiler? El contrato actual está en plena vigencia, tengo la interesada en aceptar la cesión y el consentimiento de la actual locataria, pero como no encuentro nada en internet sobre el tema, creo que deberé inventar sobre la marcha leyendo jurisprudencia y temo meter la pata y perjudicar a las partes, desde ya muchas gracias.
    Victor

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    • Hola Paula. La ley no es clara en este sentido. Lo que se dice es que como el mínimo legal es 3 años, el inquilino tiene el derecho de permanecer en la propiedad durante esos 3 años y la cláusula no sería válida. Dicha cláusula sería válida a partir del cuarto año de alquiler, es decir, si se realiza una prórroga. Saludos

      Responder
  5. Hola. Me gustaría saber si es suficiente y seguro aceptar solo los recibos de sueldos de los avales que me presente la futura inquilina. Los mismos tienen condición Sit 1 veraz. Gracias

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    • Hola Alicia. Nada es 100% seguro. Pero lo ideal es que además un tercero salga de garante. Ya sea con otros recibos de sueldo o los ideal sería con un seguro tipo Finaer.
      Saludos

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  6. Hola, debo hacer un contrato de alquiler de vivienda donde ambas partes acordamos actualizar cada 4 meses y la garantía es un seguro de caución de alguna entidad afín. Por favor me podrían orientar, gracias.

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    • Hola, que tal Jorge. Como sabrás, via DNU, se derogó la ley de alquileres. En cuanto a seguro, te recomiendo FINAER. Y lo que tenes que tener en cuenta hoy para realizar un contrato, son estos puntos:
      El DNU entra en vigencia a los 8 días de su publicación en el BOLETIN OFICIAL (29/12/2023)

      Locación: libertad de contratación
      Moneda: cualquier moneda
      Plazo: Cualquier plazo
      Resolver el contrato: En cualquier momento.

      Responder
    • Hola Damian. Es mejor el indice ICL. El de casa propia está muy por debajo de la inflación. También podrías usar el IPC.
      Saludos

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  7. Hola, voy a alquilar un depto, soy totalmente nueva en esto, me podrás orientar con un modelo de contrato por favor y como calcular el porcentaje de incremento, si bien se que eso ahora se arregla entre las partes, quisiera algo coherente para todos los interesados.
    Muchas gracias!

    Responder
    • Hola Karen. Que tal. Los modelos los estoy actualizando en base al DNU. Lo subiré pronto. Con respecto a los ajustes, lo más conveniente es que le apliques un indice que siga la inflación. Por ejemplo el IPC. Saludos

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  8. Hola. Mi mama tiene destinado un lugar de la casa para uso comercial. La proietaria es ella. Yo quiero usarlo y solicitar la habilitacion municipal de mi futuro comercio. Que debería firmar con mi madre. Un contrato de alquiler comercial Si me pueden orientar. Les agradezco. Slds.

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    • Hola Debora. Podes firmar un comodato. Ya que tu madre te lo estaría prestando. Es la realidad y sirve para habilitar. Y como es gratuito no debes sellarlo.
      Saludos

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  9. Hola como estas? te consulto, voy a alquilar mi casaquinta para vivienda permanente. Me dijeron que durante los meses de verano tengo que cobrarle un extra. Es asi? Es legal? gracias!

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    • Hola Analía. El ajuste será según lo que arreglen las partes. Si vos queres por ejemplo, cobrar u$s 500 de Abril a Noviembre, en diciembre 600, Enero 800, Febrero 700, marzo 600 y luego nuevamente de Abril a Noviembre 500, lo podes hacer. Si el inquilino lo acepta, no hay ningún problema.
      Saludos

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  10. Hola, mi inquilina me aviso el 20 de enero 2024, que este seria su ultimo mes, pero necesitan quedarse hasta el 5 de febrero. En el modelo que baje para rescindir el contrato, menciona que tengo que devolverle el deposito? Es así, en el caso de que no corresponda, que leyenda puedo escribir en esta parte?
    “precedentemente.-
    SEGUNDA: Como los Locatarios En este acto LA PARTE LOCATARIA no recibe de LA PARTE LOCADORA la suma de PESOS _________________________ ($ ________________.-) provenientes del Depósito de Garantía consignado en la Cláusula “____________________” del contrato de Locación de referencia, sirviendo el presente de recibo y carta de pago en legal forma.-“

    Responder
    • Hola Griselda. Debes colocar que le devolves el depósito, tal cual figura en el modelo. Porque una cosa es el depósito y otra la indemnización por rescisión. Digamos que es un pase de manos. Vos le devolves el depósito y la inquilina te paga la indemnización. Podes hacer un recibo a parte que diga, recibi x dinero en concepto de indemnización por rescisión de contrato. Lo firmas y se lo das a la inquilina.
      Saludos

      Responder
    • Hola Rosemarie. Eso lo debes acordar con el locatario. Lo normal es que se avise al locatario con una antelación mínima de 60 días. Y también es común dejar establecida una indemnización al locatario por dicha rescisión.

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  11. Hola estoy buscando la clausula de seguro de causion para agregar al modelo de contrato que tengo armado… me podras ayudar? Ya que la inquilina presentaria un seguro de causion

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  12. Hola

    Si se acuerda un alquiler en dolares para ser abonado, mensualmente, en pesos al cambio blue. Este puede ser actualizado con incrementos anuales o semestrales ? Y de ser asi que indice seria el adecuado ? o debido al tipo de moneda no se considera su actualizacion

    Gracias

    Responder
    • Hola Fran. Con la ley actual podes realizar el alquiler en dólar billete. Es decir, exigir que te paguen en esa moneda. No podes pedir que te paguen en pesos a dólar blue. Podría ser dólar MEP. Pero lo ideal es directamente dólar billete. En cuanto a los ajustes los podes pre-establecer en base a la inflación de los Estados Unidos que ronda el 3% anual. Igualmente, a día de hoy no es recomendable hacer un contrato en dólares, ya que el dólar quedó estable y los precios en pesos siguen subiendo.
      Saludos

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    • Hola Alicia. En principio hay que ver qué dice el contrato, si está especificado que se aumentará el alquiler en x cantidad de tiempo o cómo está redactada la cláusula de ajuste, si existe.

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  13. Buenos días, estoy buscando una clausula donde deje constancia que la propiedad esta en venta pero que en caso de que se produzca el inquilino puede quedarse hasta finalizar el contrato de locación. Gracias!!

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    • Hola Gisela. No hace falta poner esa cláusula. Si no se pone que el inquilino se debe ir si se vende, se entiende que se debe cumplir con el contrato hasta el final.

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  14. Hola! Queria preguntarte si tenes el ejemplo de una clausula para usar en un contratro de alquiler de vivienda cuando el garante presenta sus recibos de sueldo como garantia.

    Gracias!

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  15. Soy particular propietario y leer las contestaciones que hacen a las consultas, me ayuda mucho a resolver mis propias dudas. Los felicito por la coherencia que tienen en todas las respuestas. Sigan asÍ.

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