En esta sección podrías descargar un Modelo de Prorroga de Contrato de Alquiler en Argentina y a aprender cuál es diferencia entre prorroga y renovación de contrato de alquiler.
¿Cuál es la diferencia entre Prorroga de Contrato de Alquiler y renovación de contrato de alquiler?
Muchas veces se suelen confundir estos dos conceptos, pero no son lo mismo.
Prorroga
En una prórroga de contrato de alquiler, lo se se hace es una extensión de contrato de alquiler que está llegando a su fin. Es decir, se continúa con el anterior contrato, manteniendo todas las cláusulas principales tal cual, cambiando principalmente las fechas el precio del alquiler. Lo que podrás descargar en esta sección es Modelo de Prorroga de Contrato de Alquiler en Argentina. Ya verás cuando lo leas, como el mismo hace referencia a otro contrato anterior y no copia todas las cláusulas nuevamente.
Renovación de Contrato de alquiler
En cambio la renovación de contrato de alquiler es un contrato totalmente nuevo en donde propietario e inquilino ya habían realizado un contrato anterior y renuevan su vínculo con un contrato totalmente nuevo sin necesidad de hacer referencia al contrato anterior. Es por ello que no encontrarás aquí un modelo de renovación de contrato de alquiler ya que es un contrato nuevo que puedes descargar de la sección Modelo de contrato de alquiler.
¿Cuándo se utiliza prórroga y cuándo renovación?
Por lo general se utiliza una prórroga de contrato de alquiler cuando se realiza una extensión del contrato anterior por poco tiempo y no es necesario cambiar cláusulas fundamentales. Por ejemplo, cuando el inquilino pide al propietario quedarse un mes más, luego de finalizado en contrato. En este caso no tiene mucho sentido hacer un contrato totalmente nuevo por un mes más, pero sí es importante que quede documentado que el inquilino se quedará un mes mas y de ser necesario el garante debe aceptarlo para tranquilidad del locador.
En cambio, la renovación de contrato de alquiler se suele hacer cuando ambas partes están de acuerdo en continuar alquilando por un período igual o similar al anterior. Aquí ya no es necesario respetar el mínimo legal establecido por la ley. Se puede renovar por el tiempo que las partes acuerden.
¿En qué caso se paga comisión a la inmobiliaria?
Cuando se realiza una prorroga de contrato de alquiler, si la misma es por poco tiempo, no se suele cobrar comisión. Tal vez la inmobiliaria cobre unos pequeños gastos administrativos. Nada impide que la prorroga se realice por el plazo que las partes deseen. Si el plazo es igual o similar a una renovación, en ese caso la inmobiliaria cobra honorarios igual que lo hace en un nuevo contrato.
Cuando se renueva contrato de alquiler se paga comisión igual que se lo hace con un nuevo contrato. Según la jurisdicción, la misma será abonada por el inquilino o el propietario o ambos en partes iguales.
Renovación de contrato de alquiler requisitos
La nueva ley de alquileres ha establecido en el art. 1221 bis del Código Civil y Comercial de la Nación el procedimiento para la renovación del contrato. Esto es algo novedoso, ya que en las leyes anteriores no se hablaba de la renovación.
Este artículo sólo habla de la renovación de inmuebles destinados a vivienda. Y dice así:
…dentro de los tres (3) últimos meses de la relación locativa, cualquiera de las partes puede convocar a la otra, notificándola en forma fehaciente, a efectos de acordar la renovación del contrato, en un plazo no mayor a quince (15) días corridos. En caso de silencio del locador o frente a su negativa de llegar a un acuerdo, estando debidamente notificado, el locatario puede resolver el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización correspondiente.
Aviso de no renovación de contrato de alquiler argentina
Si el propietario decide que no va a renovar el contrato de alquiler, para su tranquilidad , es necesario que en forma fehaciente (Carta documento o por mail si así lo dejaron establecido en el contrato) avise al inquilino que no se renovará el contrato y que a la finalización del mismo deberá entregar el inmueble. Este aviso es muy importante para que el inquilino no caiga en error de que podrá continuar en la propiedad.
A continuación puedes descargar un modelo de este aviso de no renovación
Aviso de No Renovación .doc Aviso de No Renovación .pdf
Descargar Modelo de Prorroga de Contrato de Alquiler en Argentina
A continuación tienes el Modelo de prorroga de Contrato de alquiler simple en archivo Word y PDF
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De gran utilidad! Gracias!
Buenas tardes, soy propietaria con un contrato regido por la nueva ley de alquileres próximo a vencerse y quería saber, en caso de realizarse una prórroga y que la garantía sea un seguro de Caución, cómo se procede en ese caso ? Se debe solicitar un nuevo seguro por el plazo de la prórroga ?
En caso de que haya una garantía inmobiliaria, me quedó claro, en caso de tener un fiador, este debe firmar la prórroga para que siga cumpliendo su función, pero habría que pedir un nuevo informe de dominio e inhibición para constatar que el bien no fue enajenado ni inhibido ?
muchas gracias. Saludos.
Hola Cecilia. Las respuestás a tus dos preguntas son afirmativas. Debes solicitar un nuevo seguro por el plazo de la prórroga y si es con garantía propietaria, para mayor seguridad, deberías pedir nuevamente los informes de dominio e inhibición.
Saludos
hola que tal? quisiera saber el paso a paso de como sellar una prorroga de locación de 12 meses por Arba. muchas gracias
Arba no permite contrato inferiores a 36 meses. Así que no sabría decirte como sellar una prórroga. Deberias hacer la consulta directamente a ARBA.
Saludos
Hola , la dueña de la propiedad que alquilo me pide 5000 dólares para hacerme una extensión por 6 meses ya que hasta la fecha no encuentre un nuevo departamento para alquilar, eso puede ser denunciado o como proceder si no puedo entregar dicha suma de dinero y me tengo que quedar , ya quise consensuar y se niega la inmobiliaria a darme otra opción
Hola Sofía. Te recomiendo que consultes con un abogado. No se pueden hacer contrato de vivienda en dólares.
Saludos
Buenos dias, puede una inmobiliaria solicitarme que abone mes actual, deposito (valor del mes), Honorarios (valor del mes) y certificados ? si me realiza una porroga por 6 meses.
Gracias!
Hola Mauro. En cuanto al mes de alquiler del mes actual es correcto, ya que el mes siempre se paga por adelantado. En cuanto al depósito, si es para vivienda, siempre equivale a un mes de alquiler. Si vos ya tenías depósito en tu anterior contrato, se debe hacer un refuerzo de depósito. Es decir si tenías un depósito de 10.000 y ahora el alquiler es 20.000, debes reforzar con 10.000 de depósito para completar 10.000. En principio sería así, pero también hay que tener en cuenta que si el primer contrato se realizó con la nueva ley sancionada en 2020, el depósito se ajusta al último mes de alquiler, así que el refuerzo sería inferior. Vuelvo a darte un ejemplo. Si iniciaste el contrato pagando 10.000 y pusiste un depósito de 10.000, pero cuando finalizó el contrato, el último mes pagaste un alquiler de 15.000, si ahora el contrato es de 20.000, sólo debes hacer un refuerzo de 5.000.
En cuanto a los honorarios de inmobiliaria, te puede cobrar como máximo el 4% + iva del total del contrato. En este caso, como sólo es por 6 meses, debería multiplicar el valor del alquiler por 6 meses y aplicarle el 4% + IVA. Eso es lo que te puede cobrar. Y por úlitmo, te puede cobrar los certificados de garantía.
Espero haber podido ayudarte.
Saludos
El 30 de este presente mes, Agosto, finaliza mi contrato de 3 años a traves de inmobiliaria. Solicite un prorroga de 3 meses la cual fue aceptada y tambien fue charlado el precio mensual del alquiler durante la misma.
El tema pasa que la inmobiliaria quiere cobrarme un mes de honorarios para la celebracion de la prorroga, esto es legal? Soy de la prov de Buenos Aires, gba.
Hola Nicolás. La inmobiliaria puede cobrar el 4% + IVA del total del contatro. En este caso de 3 meses, debe multiplicar el valor de nuevo alquiler por 3 y aplicarle a eso el 4% + IVA. Por ejemplo si el nuevo alquiler es de 100.000. Los tres meses son $ 300.000. Te puede cobrar $ 12.000 + IVA.
Saludos
Hola, buenas tardes. Quería consultar el próximo 03 de diciembre 2023 vence mi contrato de alquiler por 3 años. Cómo le puedo consultar de manera formal / legal al propietario si va a renovar el contrato de alquiler y el nuevo precio, tendrán algún modelo de éste tipo de carta?, le he consultado por WhatsApp y no me da respuesta. Del propietario notificarme que no va ha renovar entiendo que puedo finalizar antes el contrato sin penalización por estar en los 3 últimos meses de contrato, mi duda es con cuánto tiempo de anticipación le debo notificar al propietario que voy a entregar antes el inmueble?, ya que va a depender de si logro mudarme antes. Muchas gracias!!
Hola Myriam: El Artículo 1.221 bis de Código Civil dice lo siguiente: “Renovación del contrato.
En los contratos de inmuebles destinados a vivienda, dentro de los tres (3) últimos meses de la relación locativa, cualquiera de las partes puede convocar a la otra, notificándola en forma
fehaciente, a efectos de acordar la renovación del contrato, en un plazo no mayor a quince (15) días corridos. En caso de silencio del locador o frente a su negativa de llegar a un acuerdo, estando debidamente notificado, el locatario puede resolver el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización correspondiente.”
Así que te aconsejo que envies ya una carta documento al locador para que te diga si va a renovar o no.
Te paso un ejemplo de carta documento:
Estimado [Nombre del locador],
Me dirijo a usted en mi calidad de locatario del inmueble que actualmente ocupo, ubicado en [dirección del inmueble], en virtud del contrato de alquiler que ambos firmamos con fecha [fecha de firma de contrato].
De acuerdo con el Artículo 1.221 bis del Código Civil, en los contratos de inmuebles destinados a vivienda, dentro de los tres (3) últimos meses de la relación locativa, cualquiera de las partes puede convocar a la otra, notificándola en forma fehaciente, a efectos de acordar la renovación del contrato, en un plazo no mayor a quince (15) días corridos.
Por lo tanto, por medio de esta carta documento, le solicito que se expida si tiene intención de renovar el contrato de alquiler y, en caso afirmativo, que determine cuál será el nuevo valor del alquiler a partir de diciembre de 2023.
Le ruego que me comunique su decisión dentro de los próximos 15 días corridos. En caso de silencio o frente a su negativa de llegar a un acuerdo, estando debidamente notificado, podré resolver el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización correspondiente.
Agradezco su pronta respuesta.
Atentamente,
[Su nombre]
Buen día, muchas gracias, gran aporte!! Consulta, hay que pagar además del mes en curso, la diferencia de alquiler entre lo que pagábamos y el nuevo monto ??. Entiendo que en las renovaciones sí, pero tengo dudas sobre como opera en prorrogas. Muchas gracias.-
Hola Agustina:
No entiendo si te referis al depósito. Lo normal sería que pagues la diferencia entre el depósito que tenías y el nuevo depósito que debería ser de un mes de alquiler. También debes tener en cuenta que como el depósito se actualiza igual que los alquileres, si te regis por la nueva ley del año 2020, la dierencia va a ser inferior a lo que depositaste en principio. Para que se entienda: Si al iniciar el contrato el alquiler era de $ 20.000, pusiste $ 20.000 de depóisto. Si al finalizar el contrato, estás pagando $ 80.000 de alquiler, el propietario debería devlverte el depósito actualizado, es decir $ 80.000, pero como vas a renovar o realizar una prórroga, si por ejemplo el nuevo alquiler sería de $ 150.000, deberás poner de depósito la diferencia entre $ 150.000 y $ 80.000. Es decir $ 70.000. Y de esa manera tendrías un depósito total de un mes de alquiler, que sería $ 150.000. Tené en cuenta esto: Con la ley anterior a 2020 deberías poner $ 130.000, ya que el depósito no se actualizaba.
Saludos
Hola solicite una prorroga por dos meses se acordó un nuevo precio y todos los gastos de la prorroga. Retiramos el contrato para que firmen los garantes y notamos que no están respetando el contrato actual. Sumaron clausulas relacionadas con poder ingresar a la propiedad las veces que de desean y hacer trabajos o mejoras que quedan a cargo del inquilino.
Tengo entendido que no pueden.
Que hago si no logro que cambien de opinión con los cambios?
Hoy voy a pagar el alquiler con el valor acordado sin haber firmado el contrato
Si no estás de acuerdo con los cambios, puedes negociar que los cambien, y si el locador no quiere, tenes derecho a irte y que te devuelvan el depósito, ya que aún no firmaste el nuevo contrato.
Saludos
Buenas noches. Queria consultarte por la renovacion de contrato de alquiler, cual es el periodo menor al que se puede hacer?. Otra: En la renovacion, se puede acordar ajustes en periodos menores a un año usando siempre el ICL ?. Por utlimo, una prorroga tiene un maximo de tiempo al cual se puede acordar?. Gracias
Hola Eugenio. Cuando renovas o prorrogas un contrato podes hacerlo por un período de tiempo menor el mínimo legal de 3 años. Lo mínimo sería un mes. Si prorrogas por un año o más, deberás mantener los ajustes anuales, no podrás hacer ajustes por períodos menores. Pero podes ir prorrogando por ejemplo cada 6 meses, eso es totalmente legal y cada vez que realizas una nueva prórroga podes ajustar el precio del alquiler. Y no es necesario que uses el ICL para los ajustes. Al ser prórroga el precio lo acuerdan entre las partes. El tiempo máximo de prórroga, renovación o contrato de alquiler para vivienda es el que establece el artículo 1197 del C.C.C, que es de 20 años. Las renovaciones o prórrogas se van acumulando. Así que el primer contrato es por 3 años y si realizas una renovación por 2 años más, se contabiliza como que el contrato de alquiler lleva 5 años. Al llegar a los 20 años, tras varias renovaciones o prórrogas, se deberá realizar un nuevo contrato de alquiler con el mínimo legar de 3 años. Saludos
EXCELENTE Muchas Gracias Estaba necesitando este documento. Lo recibí perfectamente en mi casilla de email.
Hola! Tengo 2 consultas, la primera es saber en caso de prórroga si se puede modificar el garante?
La otra duda es si el dueño da intención de renovación pero pretende esperar al último mes para decirme el nuevo valor, en cuyo caso el mismo sea un monto disparatado, se puede considerar como negación?
En caso del monto, si el mismo es renovación, hay un monto máximo que pueda poner como piso del valor?o puede poner el monto que quiera?
Saludos!
Hola Mar. En caso de prórroga podes cambiar el garante, pero el propietario lo debe aceptar.
Con respecto a tu segunda pregunta, esto es lo que dice la ley: “1- Entre los últimos TRES (3) meses del CONTRATO cualquiera de las partes podrá convocar, mediante notificación fehaciente, a su contraparte a negociar sobre la renovación del CONTRATO, en el plazo de QUINCE (15) días corridos. 2- El silencio del LOCADOR o su negativa a renovarlo, habilitará al LOCATARIO a resolver el CONTRATO de forma anticipada, sin obligación de indemnizar al LOCADOR.-”
Por lo tanto, vos podes intimar al propietario a que te de una respuesta hasta 3 meses antes de la finalización del contrato. Si una vez que intimaste, el propietario no te responde dentro de los 15 días, podes irte antes sin necesidad de indemnizar. Pero la respuesta de un monto alto no se puede considerar negación o silencio. El propietario puede pedir lo que quiera por su propiedad y vos tenes derecho de aceptar o no.
Saludos
Clarisimo, muchas gracias
Hola! Quisiera consultar si en el caso de alquileres de locales comerciales, también se puede realizar una prórroga y si la misma tiene un tiempo máximo x ley de alquileres. Gracias!
Hola Ariana, que tal. Podes hacer prórroga sin problemas- El tiempo máximo es el que estipula la ley para los contratos comerciales y es de 50 años.
Saludos
Buenos días. Una consulta. Si hago una prórroga del contrato de alquiler anterior, bajo la nueva ley de alquileres, tienen que firmar la prorroga los mismos garantes que firmaron el contrato? ya que uno de ellos se fue a vivir al exterior
Hola María del Carmen. Podes hacer una prórroga sin problemas y cambiar los garantes.
Saludos
Hola, mí consulta es la siguiente soy inquilina, mi contrato de alquiler finaliza el 30 de este mes, (contrato de 3 años) habíamos acordado renovar, pero el día 12 del mismo mes me avisa la inmobiliaria que las condiciones del contrato a renovar son fuera de la ley establecida, por lo que no se llega a un acuerdo y decidimos hacer una prórroga, me comunico constantemente para saber las condiciones de la misma y no responden, el día 30 que finaliza el contrato me envían solo un mail, que dice el valor del alquiler ya acordado $80000 y comisión inmobiliaria $80000, la prórroga es solo por 6 meses. No me llamaron a firmar nada, ni a entregarme ningún papel. La comisión inmobiliaria no corresponde a ese valor supongo, ya q es más de 5% en 6 meses.?
Hola Gisel. Como decis, la comsión es excesiva por el tiempo que dura la prórroga. Por otro lado, el propietario puede decidir el nuevo valor y vos podes aceptar o no. Si no lo aceptas te podes ir y te deben devolver el depósito.
Saludos
Buenas, consulta, mi contrato de vence el 30 de noviembre, la dueña se quiere reunir estos días para decirme si renueva o no, la pregunta es, con que tiempo de anticipación debe avisarme que no renueva? Dado que hoy conseguir alquiler de un día para el otro es casi imposible, gracias.
Hola Cecilia. Que tal. Eticamente tendría que avisarte con por lo menos un mes de anticipación. Pero si no está establecido en el contrato, no hay un tiempo determinado por ley. Igualmente, si no conseguis nada, es imposible que te eche de un día para el otro. Si decide no renovarte, simplemente pedile un tiempo prudencial y lo tendrá que aceptar. Le va a salir más caro contratar un abogado que esperarte un par de meses. Obviamente vos debes pagar el alquiler por los meses de más que te quedes, y, como el contrato está vencido, el locador podría solicitar un aumento.
Saludos
Estimados, buen dia. Tengo una consulta tecnica. Tengo un contrato firmado bajo la ley 27551 y hoy (octubre de 2023) tenemos otra ley vigente, la 27737. El contrato finaliza en noviembre de 2023. En el caso de que las partes quieran prorrogarlo, no podran hacerlo bajo los terminos de la ultima ley (27737) porque la ley no es retroactiva; en otras palabras, si hay prorroga lo será bajo los terminos pactados en el contrato original. Ahora bien, que sucede si el locador quiere firmar una ADENDA al contrato para extender el plazo de duracion del mismo y pactar bajo los terminos de la nueva ley y asi beneficiarse de los aumentos semestrales en vez de los anuales. Entiendo que eso puede hacerse, verdad? Las adendas son modificaciones en donde ambas partes estan de acuerdo y pueden plantear nuevas condiciones de contratacion, incluyendo la legislacion vigente al momento del acuerdo. Gracias!!
Hola Pablo. Si queres utilizar la nueva ley debes hacer una renovación y no una prórroga. Es como realizar un nuevo contrato.
Buenas tardes ,mí contrato de vence el 30 de noviembre ,la inmobiliariaw avisa hoy que la locadora quiere hacer una prórroga por un año ,en vez de renovar .Y me quieren cobrar deposito ,me aumentan el valor del alquiler ,cada 6 meses (con valor actualizado)y honorarios y sellado de prórroga.Mi duda es si al ser prórroga te pueden cobrar depósito y si el valor del alquiler pueden aumentarlo en 6 meses.Gracias
Hola Magalí. Al ser prórroga te pueden solicitar un refuerzo de depósito. Es decir, te deben solicitar la diferencia entre lo que ya tenías de depóisto y el nuevo valor del alquiler, para completar un mes de depósito. La inmobiliaria te puede cobrar honorarios proporcionales a un año de alquiler. Lo mismo con el sellado. En cuanto al aumento cada 6 meses, se podría aplicar la nueva ley y hacerlo con el índice Casa Propia.
Saludos
Hola! Tengo un contrato que vence ahora, y acordamos firmar una prórroga por un año más. Pero si yo como inquilina quiero irme antes, los plazos arrancan desde la firma de la adenda? Es decir, si quiero irme antes del año y no pagar indemnización tengo que esperar a que pasen los primeros 6 meses? O los 6 meses ya se consideran cumplidos considerando que el contrato se firmo en 2020? Gracias
Hola Valentina. Si realizas una prórroga, no debes esperar 6 meses para poder rescindir, sólo debes avisar con mínimo 30 días de anticipación y si no queres que te cobren la multa, avisar con 90 días de anticipación.
Saludos
Estimados, buen día. Consulta : en una prorroga por un año de un contrato de alquiler firmado bajo la ley 27551 , entiendo que puede establecerse un nuevo precio. La pregunta es si ese nuevo precio pactado entre las partes puede ser expresado como monto total (los 12 meses) y luego pagaderos los primeros 6 meses en un valor y los segundos 6 meses en otro valor superior.
Hola Guillermo. No se puede. Los aumento con la ley 27551 sólo pueden ser anuales. Lo que podes hacer es prorrogar por 6 meses y luego hacer una nueva prórroga.
Saludos
En una nueva prorroga posterior a la primera, habría que hacer mención al contrato inicial de 3 años? habría que incluir algún texto específico para este caso respecto al modelo de prorroga ? en tal caso podrían facilitarmelo?. La duda es porque las prorrogas posteriores a la primera no se iniciarían en la fecha de vencimiento del contrato original (inicial). Gracias
Hola Buenas Tardes.
Soy inquilina, mi contrato finaliza el ultimo dia de noviembre de 2023. la consulta es la siguiente, de comun acuerdo vamos a seguir alquilando, pero la inmobiliaria me dice que el contrato entre partes es a dos años y no a tres años como entiendo que dice la ley porque es una “renovación” y no un contrato nuevo con un inquilino nuevo… pero en esa “renovacion ” yo debo volver a pagar comisión, renovar monto de mes de deposito y pagar un precio absolutamente nuevo, no es un precio acorde a los indices como venia abonando. esto es asi? es por dos años o tres? Muchisimas gracias
Hola Paula. Si ya eras inquilina, se puede hacer una prorroga por menor tiempo. Como finalizó el contrato, no rige el indice, sino que el propietario puede pedirte otro valor y ajustarse a precio del mercado.
Saludos
Buenas tardes.
Soy inquilino y quisiera hacer prorroga de 1 año o debo hacer 6 meses y 6 meses con actualizacion de deposito a un contrato que vencio. que modelo me conviene llenar?
espero respuesta gracias
Hola Pablo. Podes hacer prorroga por 1 año con aumento cada 6 meses por indice de casa propia. O podes prorrgar por 6 meses y una vez transcurrido ese período podes reveer el precio y volver a prorrogar por 6 meses.
Saludos
Hola, se puede hacer prorroga de dos años con un contrato con la ley anterior? y poner aumentos cada seis meses con indice casa propia?
Hola Patricia, que tal. De esa manera estarias mezclando leyes, lo cual no se puede. Debes realizar una renovación y aplicar la nueva ley.
Saludos
en una nuevas prorrogas posteriores a la primera , dado a que estas no se iniciarían en la fecha del contrato original (inicial) , hay que seguir haciendo mención al contrato Original? , de que forma?
Gracias!
Siempre hay que hacer mención al contrato original firmado en fecha tal. Podes hacer mención a las prorrogas también, simplemente poniendo en qué fechas se firmaron. Pero lo importante es hacer mención al contrato original, porque es en base a ese que se rige el alquiler. Saludos
Hola, en el modelo de prórroga del contrato de alquiler que se baja de ésta página, no hay mención al refuerzo del depósito de garantía. ¿Debo incluirlo en una sexta claúsula o no es necesario?
Saludos
Hola Ramiro. Sí, podes incluirlo. Te paso un ejemplo: “El LOCATARIO deposita en este acto en concepto de refuerzo de depósito establecido en la cláusula ************** del contrato referido la suma de PESOS billete *************** ($ **********.-) sirviendo la firma del presente de suficiente recibo y carta de pago. De esta manera el depósito total queda establecido en la suma de {valor_letras_garantia} ($ {valor_garantia}).- “
Buenas! Quiero hacer prórroga de contrato a mi inquilino actual, el tema es que en el contrato original figura mi madre como locadora y ahora que ella falleció yo pasaría a ser la locadora. Puedo igual hacer la prórroga referenciando al contrato original o eso sería un problema? Muchas gracias!
Podes hacer prorroga si realizaste la sucesión y fuiste declarada heredera.
Saludos
Hola cuando se hace una prorroga se actualiza el deposito ?
en mi caso me aumenta 10% cada mes x 4 meses es asi?
Hola Romina. Una cosa es prorroga y otra cosa ajuste del alquiler. La prorroga se da cuando finaliza el contrato. En ese caso se puede actualizar el depósito. En el caso de los ajustes, se es alquiler de vivienda, el depósito se actualiza automáticamente. Pero el caso que me comentas, de aumentos cuatrimestrales, sólo se pueden dar en contratos comerciales, y en ese caso, si no lo estipula el contrato, no hay actualización de depósito. Saludos
Hola! Quiero hacer una prórroga de contrato a mi inquilino actual, el tema es que en el contrato original figura mi madre como locadora (ella era mi apoderada legal) y falleció. Puedo hacer la prórroga con los datos de mi nuevo apoderado legal o eso sería un problema? Muchas gracias!
Hola Andrea. No importa quién es el apoderado, lo importante para realizar la prorroga es que sea la misma parte locadora y locataria. En este caso, por lo que decis, vos seguis siendo la locadora, más allá del cambio de apoderado, así que no hay problema.
Saludos
Muchas gracias por tu pronta respuesta! Tu informacion me es muy util. Gracias nuevamente
Hola, en el caso en que en un contrato de alquiler originario haya dos locatarios y uno de ellos no desee continuar con el alquiler vencido el contrato. Se puede hacer una prorroga con el locatario que desea permanecer en el inmueble alquilado?
Obviamente aclarando que el locatario que se va no queda atado a lo estipulado en la prorroga digo.
Muchas gracias!
Hola Ariel. En ese caso hay que hacer un nuevo contrato. No se puede hacer prorroga y cambiar o sacar a alguna de las partes.
Saludos
Hola! Quería saber cuántas prórrogas se pueden hacer? Muchas gracias!
Hola Daniela, que tal. Con la derogación de la ley de alquileres, el tema de prorrogas te diría que quedó sin sentido, ya que antes se usaba para prorrogar contratos por menos tiempo que el minimo legal, aduciendo justamente que era una continuación de contrato. Pero como hoy se pueden hacer contratos por el tiempo que quieras, no tiene mucho sentido prorrogar. Simplemente hacer un nuevo contrato y listo. Pero si aún así queres realizar una prorroga, lo podrías hacer en forma indefinida.
Saludos
Hola! una consulta si tengo en vigencia un Contrato segun ICL, que recien va a cumplir 1 año, puedo rescindirlo antes del año y automaticamente cambiar a la nueva Ley de alquileres con el mismo inquilino. como me perjudica como propietaria . Gracias
Hola Noe. Supongo que estás hablando de la antigua ley donde los aumentos eran anuales. Si el inquilino lo acepta, pueden rescindir el contrato y hacer otro con la nueva ley. A vos como propietaria no te perjudica en nada. Es más, te beneficia. El tema es que el que se puede llegar a sentir perjudicado es el inquilino y tal vez prefiera continuar con el contrato actual hasta el final.
Saludos
Hola! Queria preguntarte si tenes el ejemplo de una clausula para usar en un contratro de alquiler de vivienda cuando el garante presenta sus recibos de sueldo como garantia.
Gracias!