Verificación Policial del Automotor

Otro de los requisitos obligatorios para realizar la transferencia de tu auto, es la Verificación Policial.  Esta revisión se realiza en cada vehículo para constatar que el número de motor, de chasis y el tipo de automotor correspondan con lo especificado en la documentación de ese vehículo. Se efectúa en plantas que están a cargo de peritos de la policía Federal,  Provincial y la Gendarmería, que están autorizados por la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor.

La verificación policial tiene una validez de 150 días hábiles administrativos y es un trámite personal que no requiere intervención de terceros o intermediarios. Es muy importante que tengas en cuenta estos días de validez, ya que si realizas la verificación policial antes de vender tu auto, luego debes prestar atención de venderlo antes de esos 150 días hábiles. Esta cantidad es bastante holgada como para que puedas realizar la venta, pero por las dudas, lo recomendable es realizar la verificación una vez que tienes el comprador de tu vehículo.

 

Verificación Policial del Automotor: Video explicativo para sacar Turno

A continuación te dejo un video explicativo sobre la forma de sacar un turno para realizar la verificación policial, ingresando a al siguiente sitio web https://vpa.mseg.gba.gov.ar/inicio_de_tramite.html

¿ Se puede hacer la Verificación Policial Sin Turno ?

No se puede realizar la Verificación Policial sin Turno.

Quien debe hacer la Verificación Policial

La verificación Policial la puede hacer el titular del Vehículo o el autorizado a conducirlo.

Requisitos para hacer Verificación Policial (Formulario 12)

Para verificar el vehículo, el pago debe estar acreditado (en el caso de Pagofácil o Rapipago el pago puede demorar en acreditarse hasta 48hs de realizado el mismo)

Al presentarse en la planta o puesto de verificación se deberá concurrir con:

  1. Si sos el titular del vehículo con DNI y cédula verde.
  2. Si sos autorizado a conducir el vehículo, cédula verde, cédula azul y DNI.
  3. Si sos persona jurídica, cédula verde, cédula azul, DNI.
  4. Grabado de dominio en los cristales
  5. Grabado de autopartes
  6. Cuando se paga por Pagofácil o Rapipago se deberá presentar el comprobante.

Costos para realizar la Verificación Policial

Se pueden ver los valores actualizados en el sitio de la Verificación Policial de Automotor (VPA)

Verificacion Policial del Automotor

Formulario 12 Verificación Policial para Imprimir

Antiguamente, para realizar a verificación policial, era necesario comprar el Formulario 12 y rellenarlo. Entonces se imprimía un formulario y debíamos concurrir a la verificación con el mismo. Ahora eso ya no es necesario, porque es todo digital.

Una vez realizada la verificación en la Planta verificadora, dentro de las 24 hs. se recibe el formulario 12 vial e-mail, en formato digital. Ese formulario se debe imprimir y presentar en la seccional del Registro de la Propiedad Automotor, el día que se realizar la firma del formulario 08 ante la autoridad del registro.

formulario 12
formulario 12

¿ Hasta qué modelo es necesaria la Verificación Policial ?

Según dicta la Disposición 406e/2017 del 27/10/2017 en su artículo 1º: “...no resultará obligatorio el requisito de la verificación física en forma previa en la inscripción de la transferencia de los automotores inscriptos inicialmente con anterioridad al 1º de enero de 1995, de los motovehículos importados registrados inicialmente antes del 1º de enero de 2004 y de los motovehículos de fabricación nacional registrados inicialmente antes del 1º de enero de 2004 y aquellos de cilindrada igual o inferior a 125 cm3 cualquiera fuere la fecha de su inscripción inicial.”

Entonces: ¿ a partir de que año se hace la verificacion policial ?

Si leemos detenidamente este artículo nos daremos cuenta que los autos que son modelos anteriores al año 1995 no requieren de verificación policial. Lo mismo sucede con las motos nacionales o importadas cuyo modelo sea anterior al año 2004.

Entonces: En autos la VPA se hacer a partir del año 1995 y en motos, sin importar su origen, la VPA sea hacer a partir de los modelos de 2004. Esto es así, porque al ser vehículos de bajo costo, el Registro del automotor  estima que si el adquirente tiene gastos muy onerosos, termina no realizando la transferencia para evitar dicho gasto, lo que terminan ocasionando un mal mayor.

En su sitio web el registro de la propiedad Automotor, nada dice de esta disposición, como lo podemos ver aquí cuando enumera los Requisitos necesarios para realizar la Transferencia. Dice claramente: “Formulario 12 con la verificación efectuada.” Y no aclara en ningún momento que es sólo para los vehículos posteriores al año 1995 tratandosé de autos y de 2004 cuando es de motos. Igualmente, que quede claro que para estos modelos de vehículos, la verificación policial es optativa.

Como comprador exigiría que se realice el trámite, para mi tranquilidad.

Cabe aclarar, que en todos los casos, no importa el modelo, si no se realiza la verificación policial  y el comprador está de acuerdo, la transferencia se puede hacer igual, pero el título quedará observado hasta que se haga la correspondiente verificación.

Otros pasos necesarios para realizar la Transferencia del Automotor

 

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